La Corte de Apelaciones de Santiago calificó la actuación del Colegio Mayflower como "arbitraria e ilegal" y ordenó la reincorporación inmediata de tres alumnos, entonces de sexto básico, a quienes se les había cancelado o no renovado la matrícula para el año 2025.
El tribunal determinó que el colegio vulneró los derechos de los niños y sus familias debido a la falta de debido proceso en su investigación. Específicamente, el fallo indicó que el establecimiento:
No notificó formalmente el inicio de las investigaciones.
No otorgó instancias reales de defensa a los alumnos y sus familias.
Aplicó medidas disciplinarias desproporcionadas a la falta cometida, incluso sancionando a algunos menores por hechos que ocurrieron fuera del recinto o que ya habían sido abordados.
Actuó con disparidad en el trato sancionatorio, ya que otros alumnos involucrados no recibieron castigos equivalentes.
La Superintendencia de Educación había llegado a conclusiones similares meses antes, sancionando al Mayflower con una multa de 70 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) por aplicar incorrectamente su reglamento interno, no garantizar el debido proceso y actuar sin proporcionalidad.
El colegio, un establecimiento particular pagado, defendió su actuar argumentando que el vínculo con los apoderados se rige por un contrato anual que no obliga a renovar la matrícula.
La Corte desestimó este argumento, enfatizando que incluso los colegios particulares deben garantizar procedimientos justos y proporcionales de acuerdo con la normativa educacional vigente.
El fallo definitivo condenó al establecimiento a reincorporar a los tres alumnos como estudiantes regulares y al pago de las costas del proceso judicial.
La Corte de Temuco además de fijar un plazo se refirió a la nueva ley 21.545. El INDH adhirió a este recurso.
INDH adhirió a la acción interpuesta por la madre de un estudiante de un liceo municipal de Lautaro e instruyó al establecimiento a adoptar en un plazo de 30 días las medidas para subsanar la situación.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de protección en favor de un adolescente con trastorno del espectro autista (TEA) e instruyó una serie de medidas al liceo municipal de Lautaro donde el joven estudia. El alumno se encuentra afectado por barreras y restricciones, que le impiden participar en el entorno educativo en igualdad de condiciones.
Durante mayo, la sede de La Araucanía del INDH adhirió al recurso, interpuesto con anterioridad por la madre del adolescente. Según se detalla en el escrito, el INDH detectó vulneraciones en el derecho de igualdad ante la ley y el derecho a la integridad psíquica. Ante el tribunal se indicó que el adolescente convive con dificultades en el ámbito médico y social. Eso le genera una situación de desventaja en el goce y ejercicio de sus derechos respecto de otros grupos de la sociedad. Por ello, se requieren acciones afirmativas por parte del Estado.
Durante la tramitación del recurso, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió una orden de no innovar que presentó el INDH. Se ordenó al liceo disponer las medidas necesarias para priorizar la entrega del almuerzo al adolescente. Ello para minimizar la exposición a estímulos estresores, como el ruido ambiental de un comedor con alrededor de 600 niños y niñas.
Ahora, con los antecedentes aportados, en su fallo la corte dio por establecido que es un hecho que el ahora adolescente resultó afectado en sus derechos fundamentales desde los siete años. La corte sostiene que “el proceso educativo formal requiere de la constante comunicación y colaboración mutua entre los padres del educando y el establecimiento educacional”. Por ello, razona, es que resulta “indispensable que exista la disposición para la ejecución de acciones complementarias tendientes a propiciar el bienestar del alumno”.
De este modo, “tanto los padres del menor como aquellos que se relacionan en forma permanente con éste (…) deben tender a adoptar medidas que permitan el reconocimiento del otro como un legítimo diferente, en la aceptación del pensamiento divergente y las virtudes y defectos de cada cual como oportunidad de enriquecimiento personal e institucional y en la actitud de estar abierto a empatizar con los demás, a buscar acuerdos y mediar en pro de la unidad en la comunidad de aprendizaje”.
Tomando este razonamiento como referencia, los ministros dicen que la acción del liceo de Lautaro donde está el joven es ilegal y arbitraria. No someten su conducta a la normativa ni consideran las necesidades especiales del joven. Es más, la Corte estima que acoger al adolescente “no tiene por qué significar una afectación a la calidad de educación que pueda recibir del establecimiento como a los demás”. Se indica que es “perfectamente posible que, adoptándose las medidas y ajustes necesarios, los (otros) menores también puedan efectuar su aporte y desplegar su potencial de la mejor manera posible”.
La Corte ordenó al establecimiento adoptar y ejecutar, en un plazo no mayor a 30 días contados desde que la sentencia quede firme, todas las medidas de ajuste razonables como permitir horarios diferenciados para el almuerzo, así como de vestimenta que el joven sienta más cómodo. Además, disponer de clases telemáticas en las ocasiones viables y colaborar en un diagnóstico personalizado del estudiante en cuanto a sus necesidades.
También, la “promoción dentro de sus programas de educación (de) los alcances de la Ley 21.545, en todos sus estamentos en la medida de sus posibilidades”. Esto último en referencia a la ley promulgada en marzo de 2023 que establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastornos del espectro autista, en el ámbito social, de salud y educacional.
Corresponde a la cuarta actualización de un instrumento con más de 20 años de existencia y que se enmarca en las acciones del Plan de Reactivación Educativa. Contempla un documento central, que es el marco orientador de la política; un Plan de Acción 2024-2030, con 42 medidas para apoyar la concreción de esta política; y 12 cartillas con diversos temas y estrategias específicas, que serán enviadas gradualmente en las próximas semanas a los establecimientos.
En el marco del Plan de Reactivación Educativa, el Ministerio de Educación dio a conocer la nueva Política Nacional de Convivencia Educativa, un Plan de Acción 2024-2030, con 42 medidas para apoyar la concreción de esta política; y 12 cartillas con diversos temas y estrategias específicas, que serán enviadas gradualmente en las próximas semanas a los establecimientos.
Según explicó el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, esta nueva política educativa se logró después de dos años de trabajo, donde participaron 270 personas en 40 grupos focales.
El objetivo es modernizar los marcos de acción y orientación a las comunidades educativas para que puedan enfrentar el impacto de la pandemia y la suspensión de clases presenciales durante dos años; definir qué se entiende como aprendizaje socioemocional, bienestar y salud mental en contextos educativos; abrir la política para que incorpore gran parte de la trayectoria educativa (desde educación parvularia a educación de personas jóvenes y adultas), y actualizar y añadir estrategias para gestionar la convivencia educativa.
Buscamos dotar de herramientas para que las comunidades educativas comprendan cuál es el fenómeno que enfrentan. Y esta actualización de la Política Nacional de Convivencia Educativa abarca una mirada amplia, diversa y compleja de la convivencia, que queda plasmada en estas orientaciones y en el Plan de Acción, porque sabemos que las dificultades que viven muchos establecimientos no empiezan ni terminan dentro de la escuela”, Nicolás Cataldo, ministro de Educación.
Seis elementos caracterizan esta actualización y la diferencian de las versiones anteriores.
Promueve el principio de cuidado colectivo y la inclusión para construir comunidades educativas pluralistas y garantes de derechos.
Fortalece la perspectiva de cuidados, clarificando el rol de los centros educativos para la promoción del bienestar y las habilidades socioemocionales.
Establece estrategias para impactar en la mejora de la convivencia en distintos contextos y respecto de diversas temáticas.
Integra el Modelo de Escuela Total en apoyo a la gestión de la convivencia en los establecimientos educativos
Reconoce el desafío de construir una autoridad pedagógica basada en nuevos modelos de autoridad a través de un diálogo social amplio, vinculado al enfoque participativo, formativo y de derechos.
Considerando el regreso a clases presenciales, las comunidades educativas deben estar preparadas y tener procedimientos claros, acordados con anterioridad, para evitar improvisaciones y estar atentos a cualquier problemática que afecte la integridad física y psicológica de niñas, niños y adolescentes. En este marco, la normativa señala que los establecimientos deben contar con un Protocolo de actuación para enfrentar situaciones de violencia física o psicológica, causadas a través de cualquier medio (tecnológico o presencial).
La Superintendencia de Educación establece plazos y procedimientos para abordar la violencia escolar, enfocándose en la recepción rápida de denuncias y la adopción de medidas de protección. Se enfatiza la importancia de la actuación oportuna y la protección de la integridad del niño, niña o adolescente (NNA).
Plazos y Procedimientos Clave:
Recepción de la denuncia:
Debe realizarse dentro de las 24 horas siguientes a la toma de conocimiento del hecho.
Investigación:
Se debe iniciar la investigación de forma inmediata tras la recepción de la denuncia.
Protocolos de actuación:
Los establecimientos educativos deben contar con protocolos claros para la prevención, detección y actuación ante situaciones de violencia escolar.
Informes:
Se establece un plazo máximo de 22 días para disponer de un informe completo sobre el caso, según el protocolo contra el acoso escolar.
Participación del NNA:
La participación del NNA en el proceso es voluntaria, y no se le puede obligar a denunciar ni a declarar, especialmente si ya ha informado a un adulto de confianza.
Denuncia obligatoria:
El establecimiento educativo tiene la obligación legal de realizar la denuncia ante las autoridades competentes, independientemente de la voluntad de la familia.
Importancia de la Actuación Oportuna:
Actuar con prontitud es fundamental para proteger la seguridad y bienestar integral del NNA.
La denuncia oportuna a las autoridades competentes permite iniciar las investigaciones y aplicar las medidas necesarias para sancionar al agresor y prevenir futuros incidentes.
La participación activa de la comunidad educativa (docentes, directivos, padres, etc.) es clave para crear un ambiente escolar seguro y libre de violencia.
En qué consiste esta NUEVA LEY?
El proyecto de ley propone un nuevo estándar para la gestión interna de la convivencia, actualizando los reglamentos internos y el Plan de Gestión de la Convivencia Educativa, incorporando capacitaciones de la Superintendencia de Educación, y creando la figura del Coordinador de Convivencia Educativa, para que tenga un perfil profesional idóneo, dedicación exclusiva y jornada completa.
Respecto al bienestar de los equipos educativos, se propone reforzar el resguardo de la autoridad pedagógica y los derechos de las y los trabajadores de la educación, para lo cual se mejorarán los estatutos que rigen a los trabajadores de la educación y los procedimientos de calificación de enfermedades profesionales por estrés laboral. Además, se resguardará que los establecimientos puedan denunciar a todo evento los casos de agresión a trabajadores de la educación.
El proyecto también refuerza los deberes de prevención y actuación para el adecuado resguardo de los integrantes de la comunidad, para lo cual los adultos de las comunidades educativas deberán informar oportunamente sobre hechos que tomen conocimiento de acoso, violencia o discriminación contra cualquier miembro de la comunidad.
Además, los establecimientos deberán adoptar medidas preventivas, los sostenedores tendrán que garantizar la actuación oportuna del establecimiento, y los procedimientos disciplinarios deberán asegurar la imparcialidad, privacidad, proporcionalidad y celeridad.
Nuestro CONSEJO EDUCLA en este tema: NUEVA LEY DE CONVIVENCIA 2025
Ejemplo: Realizar talleres de participación con la comunidad educativa (estudiantes, padres y trabajadores) para revisar y actualizar el reglamento interno, asegurando que todos los miembros comprendan las normas y se sientan parte del proceso.
Ejemplo: Organizar jornadas de capacitación para el personal docente y administrativo sobre gestión de conflictos, prevención del acoso escolar y promoción del bienestar emocional, facilitadas por expertos en convivencia educativa.
Ejemplo: Designar a un docente con formación en Conv. Escolar como Coordinador de Convivencia Escolar, quien sea responsable de supervisar el clima escolar, mediar conflictos y fomentar actividades que promuevan la cohesión y el respeto entre estudiantes.
Ejemplo: Implementar un protocolo que permita a los docentes expresar preocupaciones sobre agresiones físicas o verbales sufridas, así como elaborar un plan de acción que garantice su seguridad y bienestar emocional en el trabajo.
Ejemplo: Desarrollar una guía clara para que los trabajadores de la educación conozcan sus derechos y el procedimiento para reportar situaciones de estrés laboral, incluyendo contacto con un orientador laboral que les brinde apoyo en su salud mental.
Ejemplo: Establecer un canal confidencial y seguro para que los trabajadores puedan denunciar agresiones o amenazas, garantizando que se realice un seguimiento y se actúe de forma inmediata.
Ejemplo: Crear un protocolo de actuación ante incidentes de acoso escolar que contemple la formación de un equipo de respuesta que incluya docentes, orientadores y profesionales de la salud.
Ejemplo: Llevar a cabo charlas informativas y campañas de sensibilización sobre la importancia de la convivencia pacífica, enfocado en la prevención del acoso y la discriminación. Estos podrían incluir dramatizaciones o actividades interactivas.
Ejemplo: Implementar un sistema de registro y seguimiento de incidentes de acoso o violencia dentro del establecimiento, donde se puedan documentar los casos y las acciones tomadas, asegurando continuidad en los procesos de intervención.
Ejemplo: Formar un comité disciplinario compuesto por miembros del equipo directivo, docentes y un representante estudiantil que revise y decida sobre la aplicación de sanciones en caso de comportamientos inadecuados, garantizando que todos los procedimientos mantengan la privacidad y el respeto hacia todas las partes involucradas.
Implementar los puntos del nuevo proyecto de ley requiere un esfuerzo colaborativo dentro de cada comunidad educativa. Los colegios pueden beneficiarse enormemente de estas iniciativas que fomentan un ambiente de aprendizaje seguro, inclusivo y respetuoso.
Por primera vez, el sistema educativo chileno contará con un catálogo único de textos escolares en esa asignatura, beneficiando a más de 1.300.000 estudiantes y 30.000 docentes. En alianza con el Centro de Modelamiento Matemático de la Universidad de Chile, el reconocido profesor japonés, Masami Isoda, presentó el innovador modelo para la enseñanza de la matemática, el que busca contribuir a transformar la enseñanza de escolar, fomentando el pensamiento matemático y el pensamiento crítico.
El ministro de Educación, Nicolás Cataldo, junto al secretario ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación, Gino Cortez, dieron a conocer hoy los Resultados Educativos Simce 2024, correspondientes a las evaluaciones Simce de Matemática y Lectura en los niveles de 4° y 6° básico y II medio.
“Los resultados dan cuenta de buenas noticias, pero también de desafíos que asumimos con mucha responsabilidad y que son propios de un sistema educativo que se está progresivamente estabilizando. Este año nuevamente se constata que hay Servicios Locales que obtienen mejores resultados en todas las evaluaciones aplicadas, con aumentos significativos en 4° básico y II medio, especialmente en las cohortes 2018 y 2019, que fueron las primeras en comenzar a funcionar”, afirmó el ministro de Educación Nicolás Cataldo.
Y agregó: “Tenemos una tarea transcendental en cerrar la brecha de género que aún persiste en los distintos niveles educativos, en especial en la asignatura de Matemática”.
Nuestro CONSEJO EDUCLA en este tema: SIMCE
Para mejorar los resultados del SIMCE, los colegios pueden:
Evaluar y retroalimentar: Realizar evaluaciones periódicas para identificar fortalezas y áreas de mejora. También se pueden incorporar tertulias literarias para que los estudiantes expongan sus ideas.
Establecer metas: Establecer metas claras y desafiantes para cubrir el currículum.
Involucrar a los padres: Informar a los padres sobre el nivel de sus hijos y motivarlos a participar en actividades familiares.
Capacitar a los docentes: Capacitar a los docentes en estrategias de comprensión lectora (CURRICULUM Y EVALUACIÓN).
Acompañar a los estudiantes: Potenciar el acompañamiento docente y entre pares.
Adaptar el currículo: Ajustar el currículo según las necesidades específicas de los estudiantes.
Monitorear los avances: Monitorear continuamente los avances de los estudiantes.
Generar reportes detallados: Generar reportes detallados por curso, estudiante, eje temático, habilidad e indicador de evaluación.
El SIMCE es una prueba que evalúa el logro de los contenidos y habilidades del Currículum Nacional. Los resultados del SIMCE permiten a los establecimientos escolares tomar decisiones profesionales informadas.